miércoles, 29 de octubre de 2008

LA LEY DE VICTIMAS, UN PASO QUE ALEJA DEL HORROR

Esta semana en la comisión primera de la Cámara de Representantes, se debate el proyecto de ley 157 de 2007 – Senado, “Por la cual se dictan medidas de protección a las víctimas de la violencia”; proyecto que en caso de llegar a ser Ley permitiría a Colombia dar un paso más para alejarse de los años del horror y comenzar a reconciliarse con sus propios ciudadanos.

Determinar quiénes son víctimas y que les da tal calidad es el punto de partida de lo que se busca con este proyecto. La Corte Constitucional en este sentido ha indicado que es víctima la persona que ha sufrido un daño real, concreto y específico, cualquiera sea la naturaleza de éste y el delito que lo ocasionó.

Por su parte, la Asamblea General de Naciones Unidas ha estipulado que “se entenderá por víctima a toda persona que haya sufrido daños, individual o colectivamente, incluidas lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdidas económicas o menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que constituyan una violación manifiesta de las normas internacionales de derechos humanos o una violación grave del derecho internacional humanitario”.

Partiendo de esos conceptos, incluidos en el proyecto de ley, se encuentran sendas diferencias con lo que ha expresado el Gobierno a través de su bancada; las discrepancias más importantes son, primero, que este último excluye la referencia al Derecho Internacional Humanitario, en su ya conocida postura de negar que en Colombia hay un conflicto armado interno.

Los ponentes de la Ley hablan de reparación del Estado por responsabilidad, mientras que el Gobierno mantiene lo señalado por el Decreto 1290 de reparación administrativa, señalando que la reparación es por solidaridad.

El Gobierno excluye la reparación a las víctimas del Estado y de desplazamiento, al afirmar que se entiende por víctimas de la violencia armada quienes han sido afectadas por el accionar de la guerrilla y las autodefensas, mientras que el proyecto incorpora las víctimas de las guerrillas, los paramilitares, los agentes del Estado y otros, al determinar como víctimas a todas aquellas personas que sufrieron “graves violaciones de derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario”.

El proyecto en su Capítulo VII encierra unos “Principios para la reparación por violaciones a los derechos sobre los bienes”; allí el Gobierno aceptó el principio de inversión de carga de la prueba para la restitución de tierras, en otras palabras que sea el victimario quien demuestre la adquisición lícita de las tierras que posee.

En ese Capítulo la ponencia de Cámara que se discute esta semana, y gracias al esfuerzo de los congresistas Juan Fernando Cristo y Guillermo Rivera en escuchar a las víctimas en muchas regiones del país, incluyó una comisión de la verdad de tierras, la cual tendría entre sus funciones “analizar las causas de las dinámicas de despojo y expoliación en el país durante los últimos 25 años, identificar y caracterizar los patrones, autores, y dinámicas del mismo, y recibir en audiencia a toda persona que desee informar o rendir testimonios sobre hechos que son de su competencia de las víctimas de la violencia”.

Avanzar es lo que nos queda, pero para ello hay que sanar, y esta ley nos va a permitir reconocer, reparar y levantar la mirada.

BORIS F. ZAPATA ROMERO
Abogado Socio

2 comentarios:

Anónimo dijo...

las victimas merecen ser escuchadas, mas que dinero buscan calmar su sed de justicia, y todos debemos prestar atencion para que "el horror", como dice usted, no se repita.

Anónimo dijo...

Yo estuve en una reunion con el representante guillermo rivera, eso es lo que deben hacer los congresistas untarse de pueblo y escucharlos. muy bien