miércoles, 22 de octubre de 2008

EL TATEQUIETO AL TERROR DEL DATACREDITO

El Universal - Opinión

Compadre, le dice Juan a su amigo de toda la vida, voy a arrendar el local aquel para el negocio del que le hable, pero necesito un fiador, ¿me colabora?. Se hace un silencio incomodo, y luego de una mueca que denota vergüenza Pedro responde, Compi, con ganas, ¡pero es que estoy reportado!.

Muy a pesar que el artículo 15 de la Carta Política dice que todas las personas tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas, la verdad es que las dos centrales de información, CIFIN y DATACRÉDITO, han impuesto una especie de régimen del terror que vulnera el mandato constitucional.

Entendiendo que debe haber una balanza entre los derechos de las instituciones de crédito y los de los consumidores, el senador Luís Fernando Velasco Chaves, gestó un proyecto de ley que acaba de pasar el examen de la Corte Constitucional que lo declaró exequible, al encontrarlo sujeto a las normas constitucionales y legales.

Hay alrededor de tres millones de colombianos reportados en las centrales de información, no siendo pocos los que bajo diversas circunstancias se encuentran errónea o injustamente señalados como “indeseables” para el sistema financiero del país, lo que sin duda les trae todo tipo de obstáculos personales, que al final inciden negativamente en las posibilidades de progreso de la nación misma.

El proyecto de ley que espera la sanción presidencial, más conocida como Ley de “Habeas Data”, trae varios puntos que resaltar; lo primero es la imposición a esas entidades de avisar a la persona que se le va a dar un reporte negativo, por su morosidad, lo que le va a permitir, o hacer lo posible para ponerse al día, o defenderse de un posible error, antes de ser reportado.

En caso que sobre la persona haya un reporte erróneo, ó que no se elimine el reporte negativo a tiempo, la ley prevé multas de hasta setecientos millones de pesos, tras la investigación de las superintendencias bancaria y/o de industria y comercio, según sea el caso, para las entidades que agredan la norma.

Cuando una persona se ponga al día con su obligación, se deberá inmediatamente anular el reporte negativo. En cuanto a este punto la Corte Constitucional hizo una anotación relevante al declarar la constitucionalidad del término máximo del reporte del moroso de cuatro años, pero estableciendo que si la mora es inferior a dos años, la permanencia con reporte negativo no puede ser superior al doble de la mora, en otras palabras, si una persona se atrasa en su obligación cuatro meses, máximo debe estar reportado por ocho meses.

Finalmente, la ley trae un beneficio una vez entre en vigencia, y es que todos los reportes negativos de una persona, de deudas canceladas hace un año atrás, o más, serán eliminados para comenzar un nuevo historial crediticio.
---
Sé que se va a poner en funcionamiento una herramienta informática para ayudar a despejar dudas y acompañar a los interesados en este tema, manejada entre otras personas, si me permiten decirlo, por mi musa. Cuando este en funcionamiento divulgaré la dirección Web.

BORIS F. ZAPATA ROMERO
Abogado Socio

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Que buen articulo, facil de leer y super agradable

Anónimo dijo...

Excelente. Que papasito. Que bueno que no se le olvide lo de la pagina web.

Anónimo dijo...

El comienzo esta muy chevere, pero la cara no debió ser de pena sino de terror que es lo que provoca el datacredito ese...

Anónimo dijo...

Huy sí...Papasito...

Anónimo dijo...

Y es que debe mucho el congresista ese??? Eso es que debe terner algun interes, otro cohecho. Bandido